ASÍ SÍ |
En
las instituciones museísticas es necesario, en muchas ocasiones, trasladar el mobiliario
existente para una mejor representación expositiva, para un mejor ahorro de
espacio y/o para una mayor y efectiva utilidad de los recursos existentes.
Los traslados pueden ser temporales o
permanentes. Los traslados temporales se producen cuando se hace necesaria la
movilización para un acto ocasional como una conferencia, presentación o
exposición temporal. Los traslados permanentes se producen cuando se moviliza
material a un sitio definitivo, se asigna de nuevo a la exposición permanente
y/o se guardan en el almacén como instalación sin un fin asignado o conocido.
En las asignaciones permanentes de
mobiliario se debe anotar la ubicación donde se deposite. Se debe colocar de
forma que sea fácil el acceso a todos los útiles, con pasillos por donde
cualquiera de los trabajadores del museo pueda acceder sin obstáculos con
espacio mínimo de un metro libre de paso. Se deberá observar las normas
necesarias de seguridad y conservación preventiva, ubicando fuera de humedades
y todo tipo de afectaciones ambientales el material recibido para su mantenimiento.
A una altura mínima determinada, 10-15 cm, o a una temperatura que no afecté ni
luz ni humedad no pequeños insectos que deterioren materiales orgánicos.
ASÍ NO |
En las ubicaciones temporales se debe
localizar un lugar que por el tiempo o el espacio no produzca alteraciones en las
exposiciones permanentes y temporales, ni en el concepto museístico del
edificio. Se debe anotar todo movimiento de mobiliario, aunque sea ocasional,
para evitar errores, confusiones de origen y destino, y manipulación de
distintas personas.
Puede
ocurrir que sea necesario guardar en un lugar determinado un conjunto de
mobiliario para colocar en otro sitio, cercano o lejano, donde se realizará un
acto o evento. Se ubicará en un sitio determinado siempre que no obstaculice el
normal funcionamiento y acceso a todas las dependencias del organismo, inmueble
o museo. Se deberá dejar constancia del lugar del depósito momentáneo. Y,
obligatorio, garantizar la integridad de este, de los técnicos que lleven a cabo
la labor y de la institución que lo ampara.
Una vez acabado el acto, evento y/o
presentación motivo del traslado temporal se volverá a trasladar el mobiliario
a su sitio original o a otro que sea oportuno para las características de la
institución. Se deberá consignar su nueva ubicación sea la anterior o sea
nueva.
ALMACENAJE |
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